Así lo dispuso el juez Civil y Comercial 6 de Resistencia, Jorge Sinkovich. Fue al hacer lugar a una medida cautelar presentada por la Defensora General Adjunta, Gisela Gaúna Wirz. La sentencia ordena al gobierno de Leandro Zdero a garantizar la provisión de agua potable y alimentos a la comunidad Wichí asentada en El Impenetrable. El magistrado sostuvo que en los últimos meses se dieron medidas gubernamentales “insuficientes” e “inadecuadas” para paliar la “delicada situación” de pobreza extrema que atraviesan los pueblos originarios en el noroeste provincial.
Tal como ocurrió en 2007, cuando
la Corte Suprema ordenó al gobierno del Chaco garantizar condiciones de vida
dignas para las comunidades indígenas y evitar así el “exterminio silencioso”
al que estaban siendo expuestos, una vez más la Justicia ordenó la
implementación de medidas urgentes que enfrenten la pobreza crónica, la falta
de alimentos y la escasez de agua potable en El Impenetrable chaqueño.
En esta ocasión, lo hizo el juez
Civil y Comercial 6 de Resistencia, Jorge Sinkovich, al hacer lugar a una
medida cautelar innovativa presentada por la Defensora General Adjunta del
Chaco, Gisela Gaúna Wirz.
Fechada este martes, la sentencia
ordena al gobierno de Leandro Zdero a garantizar la provisión de forma
“continúa, oportuna y adecuada” de agua potable y alimentos a la comunidad
Wichí asentada en El Impenetrable, además de reforzar las acciones gubernamentales
en este sentido. Todo esto hasta tanto se resuelva la acción de amparo que se
tramita en dicho juzgado.
La medida, a la que accedió
LITIGIO, alcanza a las comunidades asentadas en las localidades de Misión Nueva
Pompeya, El Sauzalito, Fuerte Esperanza y poblaciones de parajes El Tartagal,
Tres Pozos, Nueva Población, Pozo del Toba, Comandancia Frías; Fortín Belgrano
y todas aquellas ubicadas en el Departamento General Güemes.
Tras evaluar las pruebas
presentadas por la Defensora General Adjunta, así como de los informes
entregados por el propio gobierno provincial, el magistrado consideró que el
pueblo Wichí se encuentra en una situación de “extrema pobreza”, y que dicha
situación es “consecuencia de la falta de políticas públicas adecuadas por
parte del Estado Provincial”. Asimismo, advirtió que la gestión de Zdero llevó
a cabo medidas que resultan a todas luces “insuficientes a efecto de
satisfacer, en tiempo y forma, las necesidades humanas básicas de los pueblos
originarios accionantes”. Añadió como agravantes de esta situación las amplias
distancias que existen entre las localidades y parajes con los centros urbanos
y la constante discriminación que sufren dichas comunidades.
Consideró que existe un
“presupuesto del peligro en la demora” dado que se trata de acceso a cuestiones
básicas y vitales como lo es una alimentación adecuada y contar con agua
potable. Señaló en este sentido que la urgencia en la aplicación de la medida
cautelar “resulta evidente” especialmente teniendo en consideración que el
“mero transcurso del tiempo hasta el pronunciamiento de la sentencia
definitiva” podría tener “efectos nefastos” en las comunidades.
El caso
La situación de pobreza extrema
que afecta desde hace décadas a las comunidades indígenas del Chaco se agravó
aún más durante el último año de gestión libertaria, especialmente en los niños
y niñas de los pueblos originarios por el cierre de los comedores escolares.
Esto motivó la intervención de
Gauna Wirz, quien en noviembre de 2024 impulsó una acción de amparo con medida
cautelar ante el Superior Tribunal de Justicia para que inste al gobierno
provincial a brindar asistencia urgente al pueblo Wichí.
Es que la medida cautelar dictada
por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2007 –cuando gobernaba otro
radical, Roy Nikisch- solo alcanzaba al pueblo Qom. En esa ocasión, el por
entonces defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, calificó la
situación de los pueblos originarios como un “exterminio silencioso”.
La Defensora General Adjunta señaló en su presentación que la medida tiene como objetivo que el gobierno chaqueño garantice sus derechos al territorio, a un medio ambiente sano, a un nivel de vida adecuado, a la salud, a la alimentación, al acceso al agua potable, autodeterminación y acceso a la Justicia, entre otras prerrogativas que hoy les son negadas.
Para poder llevar adelante esto,
solicitó que se conforme una Mesa de Coordinación Interinstitucional e
Intercultural tendiente a elaborar un plan de trabajo que contemple la
realización de medidas a fin de avanzar progresivamente en el cumplimiento de los
derechos humanos vulnerados a lo largo de tantos años al pueblo Wichí.
La funcionaria judicial sostuvo
que existe una “omisión por parte del Estado al no adoptar la totalidad de las
acciones gubernamentales necesarias y adecuadas para garantizar los derechos de
las comunidades indígenas que habitan El Impenetrable chaqueño”.
Señaló en este sentido la
inexistencia de políticas públicas que puedan sostenerse en el tiempo. En lugar
de eso, indicó que lo que se realizó fueron “esfuerzos asistencialistas
espasmódicos” que no alcanzaron ni siquiera a brindar soluciones momentáneas,
lo que redunda en el sostenimiento de una situación de “pobreza estructural”,
la cual “ha empeorado en los últimos meses”, según lo refieren las propias
comunidades, fundamentalmente por las políticas de ajuste aplicadas por el
gobierno de Javier Milei, sin que el gobierno provincial haga demasiado
esfuerzo para amortiguar sus devastadores efectos en las poblaciones más
vulnerables.
Desligarse
¿Cómo resolvió esto el STJ? Optó
por desligarse de la situación. Por mayoría, aconsejó que la medida se tramite
ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Resistencia, que tiene a cargo la
ejecución de la medida cautelar de la Corte. Así votaron la jueza Emilia Valle
y sus pares Victor del Río, Alberto Modi y Néstor Varela.
“Corresponde remitir esta causa
al Juzgado en lo Civil y Comercial 6 para que, en el marco del proceso
‘Instituto del Aborigen Chaqueño’ aludido, continúe el trámite de la pretensión
principal y evalúe las acciones positivas de refuerzo en materia de agua
potable y alimentos que cautelarmente aquí se persiguen y, eventualmente,
pudieran corresponder”, indicaron.
Isabel Grillo fue la única que
votó en disidencia. Aclaró en primer lugar que este caso versa sobre un
territorio distinto al que se incluye en el amparo que tramita el Juzgado Civil
y Comercial 6 y por eso no debería acumularse en dicho expediente. Además, se
mostró en contra de delegar las actuaciones en ese tribunal inferior.
Ya con la causa en el juzgado de
Sinkovich, el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACh) se presentó durante la
feria judicial para solicitarle que amplíe el alcance de la medida cautelar y
que se incluya al pueblo Wichí.
En su presentación, el IDACh
detalló que las comunidades indígenas y especialmente sus niños “han visto
gravemente afectados sus derechos a la alimentación y al agua debido al cierre
de los comedores escolares en esta época estival, comedores que proveen
ingestas diarias de comida, desayuno y almuerzo, situación esta que agrava la
cuestión ya de hambruna que se padece”.
El organismo reconoce que el
Ministerio de Desarrollo Humano recepcionó “positivamente” el pedido en una
audiencia, pero que a la fecha de presentación de este escrito “no la ha
instrumentado” bajo el argumento de que recién lo hará cuando se elabore un “padrón
de beneficiarios” de las distintas comunidades indígenas.
Fuente: Revista litigio.com.ar


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