En una sentencia interlocutoria la jueza de Niñez, Adolescencia y Familia Nº2 de Juan José Castelli, Liliana Mabel Senger, ordenó la inmediata intervención del Ministerio de Salud Pública en el caso de un adolescente Qom con padecimientos mentales y adicciones.

Además, dio intervención al Órgano de Revisión de Salud Mental, para fiscalizar y controlar que la medida se cumpla y, en su caso, realizar recomendaciones a la autoridad de aplicación para el cumplimiento de las políticas públicas y/o comunicar situaciones irregulares.
Y al Ministerio de Desarrollo Social, a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia del Chaco, y a la Municipalidad de Villa Rio Bermejito para que asuman intervención, en razón de la extrema situación de vulnerabilidad en que se encuentran el grupo familiar, y adopten medidas de acción positiva en resguardo de los derechos sociales, económicos y culturales, todo ello conforme la normativa vigente.
Tras las múltiples intervenciones y articulaciones realizadas, la jueza concluyó que el adolescente se encuentra en “una cuádruple situación de vulnerabilidad, atento a su edad, a su discapacidad, a pertenecer a una comunidad indígena y la situación de extrema pobreza”.
Por lo que requirió de “forma urgente una medida de protección integral, como tutela anticipatoria, atento a la vulnerabilidad de sus derechos y también como resguardo de terceros”. Teniendo en cuenta el sistema jurídico vigente, tratados internacionales y derecho convencional aplicables al caso.
Fuente: litigio.com.ar
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